CSRD·Articulo 4·Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 537/2014

Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 537/2014

csrddirectiva-2022-2464

Resumen en lenguaje claro

Modifica el Reglamento (UE) n.o 537/2014 sobre entidades de interes publico y servicios de auditoria relacionados con informacion de sostenibilidad.

Texto oficial

Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 537/2014 El Reglamento (UE) n.o 537/2014 se modifica como sigue:

1) En el artículo 4, apartado 2, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«A los efectos de los límites especificados en el párrafo primero del presente apartado, quedarán excluidos la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad y los servicios ajenos a la auditoría distintos de los contemplados en el artículo 5, apartado 1, exigidos por la legislación de la Unión o nacional.».

2) El artículo 5 se modifica como sigue:

a) en el apartado 1, párrafo segundo, la letra c) se sustituye por el texto siguiente:

«c) los servicios de contabilidad y preparación de los registros contables y los estados financieros, así como la preparación de la información sobre sostenibilidad;»;

b) en el apartado 4, después del párrafo primero, se inserta el párrafo siguiente:

«La autorización del comité de auditoría a que se refiere el párrafo primero no será necesaria para la prestación de la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad.».