CYBERSECURITY_ACT·Articulo 14·Título II — ENISA (Agencia de la UE para la Ciberseguridad)

Composición del Consejo de Administración

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Resumen en lenguaje claro

El Consejo de Administración estará compuesto por un miembro nombrado por cada Estado miembro y dos miembros nombrados por la Comisión.

Texto oficial

Composición del Consejo de Administración 1. El Consejo de Administración estará compuesto por un miembro nombrado por cada Estado miembro y dos miembros nombrados por la Comisión. Todos los miembros tendrán derecho a voto. 2. Cada miembro del Consejo de Administración tendrá un suplente. Dicho suplente representará al miembro en su ausencia. 3. Los miembros del Consejo de Administración y sus suplentes serán nombrados en función de sus conocimientos en el ámbito de la ciberseguridad, teniendo en cuenta las pertinentes cualificaciones presupuestarias, administrativas y de gestión. La Comisión y los Estados miembros procurarán limitar la rotación de sus representantes en el Consejo de Administración con el fin de garantizar la continuidad en la labor de este órgano. La Comisión y los Estados miembros tratarán de alcanzar una representación equilibrada entre hombres y mujeres en el Consejo de Administración. 4. El mandato de los miembros del Consejo de Administración y de sus suplentes será de cuatro años. Este mandato será renovable.

Texto del articulo (traduccion ES)