EIDAS2·Articulo 5·Cartera Europea de Identidad Digital
Seudónimos en transacciones electrónicas
eidas
Resumen en lenguaje claro
Sin perjuicio de las normas específicas del Derecho de la Unión o nacional que exijan a los usuarios identificarse o de los efectos jurídicos que el Derecho nacional contemple para los seudónimos, no se prohibirá la utilización de…
Texto oficial
Seudónimos en transacciones electrónicas Sin perjuicio de las normas específicas del Derecho de la Unión o nacional que exijan a los usuarios identificarse o de los efectos jurídicos que el Derecho nacional contemple para los seudónimos, no se prohibirá la utilización de seudónimos escogidos por los usuarios.. 5) En el capítulo II, se inserta la sección siguiente: SECCIÓN 1 CARTERA EUROPEA DE IDENTIDAD DIGITAL